Inicia vigencia de la ‘Ley Home Office’ en México

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*Esta norma busca que las y los empleados que han hecho home office tengan nuevos derechos que se adapten a las necesidades actualizadas según el nuevo lugar de trabajo.

La nueva NOM-037-STPS-2023 o mejor conocida como “Ley Home Office” entró en vigor el pasado 5 de diciembre, por lo que este tipo de trabajo ahora tendrá estipulado el pago de la utilización de la conexión a internet, luz y hasta respetar los horarios de jornada laboral.

Esta norma busca que las y los empleados que han hecho home office tengan nuevos derechos que se adapten a las necesidades actualizadas según el nuevo lugar de trabajo.

Es necesario decir que la Secretaría del Trabajo es la encargada de dar a conocer cuáles son los nuevos derechos y obligaciones para las y los empleados que cumplan con la manera de trabajar que implique pasar más del 40% fuera de las áreas laborales.

Esta nueva ley se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entró en vigor seis meses después, por lo que se espera que la mayoría de las y los empleados ejerzan sus nuevos derechos a partir del 2024. 

¿Qué dice la NOM-037-STPS-2023?

  • Revisar que el lugar desde donde se trabaja sea seguro, que esté ventilado e iluminado.
  • Dar seguimiento a las condiciones de seguridad e higiene.
  • Los empleadores deberán cumplir con obligaciones como proveer a las personas trabajadoras de las herramientas necesarias para su desempeño, incluyendo silla ergonómica, aditamentos ergonómicos.
  • Los empleadores también deberán sufragar el pago proporcional del consumo del internet, del consumo de la energía eléctrica; la computadora, tableta, teléfono celular inteligente, impresora, y la tinta.
  • Pagar el monto proporcional del consumo del internet, consumo luz para la computadora, tableta, teléfono celular inteligente, impresora, y la tinta que ésta pudiera usar.
  • Establecer mecanismos de comunicación y reglas de contacto entre el patrón y los trabajadores.
  • El teletrabajo o home office es reversible cuando se no haya condiciones para realizar su trabajo a distancia o porque convenga al trabajador.
  • Quienes se desempeñen en el “teletrabajo” tienen derecho a desconectarse de la comunicación con la empresa después de concluir su horario laboral, y a una garantía de que no se les soliciten tareas en periodos vacacionales o relativos a licencias por maternidad, adopción o tiempo de lactancia.

Además, esta Norma Oficial brinda protección especial a aquellos que pueden sufrir violencia en el hogar y reconoce el derecho de las mujeres en periodo lactante, a tener lapsos de pausa para alimentar al recién nacido o extraer leche

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