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“Omiso y machista” gobierno de Nayarit; el Congreso lo conmina a actuar ya

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Martha Lucía Mícher Camarena, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, emitió un exhorto en el que enlista los delitos cometidos por Hilario Ramírez, alcalde de San Blas al violentar sexualmente a una joven “ha incurrido en delitos graves y notorios que NO pueden quedar impunes al cobijo de un estado omiso y machista” expresa en el escrito en donde cuestiona porqué no ha investigaciones al respecto y hace mención del delito de peculado en el que probablemente incurrió.

Esta publicación se suma a la Inmujeres conminando al gobierno estatal fijar una sanción al presidente municipal Ramírez Villanueva y a éste ofrecer una disculpa pública.

Ante la gravedad de los hechos, la diputada federal (presidenta de la comisión de Igualdad de Género e integrante de la comisión especial de Lucha contra la trata de personas y la de Salud) condena la inoperancia del gobierno local y pregunta ¿y las investigaciones? ¿Y el paradero actual de la chica abusada? ¿Y la fiscalía del estado? Asimismo denuncia que no se ha solicitado ningún tipo de investigación, no se ha destituido del cargo al “alcalde” y sobre todo, “no se ha inmutado ninguna autoridad ante tales actos de increíble violencia, cinismo e impunidad.”

A continuación el texto íntegro:

Los deplorables actos del alcalde de San Blas, Nayarit, Hilario Ramírez Villanueva en la celebración de su cumpleaños con un costo (según medios locales) de más de 15 millones de pesos y ante 44 mil personas invitadas, no pueden quedar impunes.

No se trata de un “acto desatinado” ocasionado por la “euforia del momento y el calor de la fiesta” según declaró; se trata de un delito sexual cometido contra una joven de la que hoy, no se tiene rastro. Tras el incidente, ella siguió bailando y el público (cómplice de esta violencia) festejó al presidente municipal… así actúa la sociedad patriarcal que normaliza estos actos con una profunda muestra de ignorancia e indolencia.

No vamos descansar hasta que erradiquemos la ideología patriarcal y machista que legitima estas conductas de abuso y que además se encarga de negarlas. Tan vergonzoso y cruel es este comportamiento que debe ser reconocido como una manifestación de la violencia, como un acto totalmente reprobatorio que constituye un delito que debe ser castigado.

La violencia contra las mujeres es de distinta índole y adquiere diferentes caras de acuerdo con quién la ejerce, contra qué mujer, y la circunstancia en qué ocurre. Esta chica es víctima de violencia en términos de lo señalado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: violencia sexual, psicológica, física, comunitaria e institucional.

La actitud omisa de las autoridades que hasta el momento no han hecho NADA que esté a la par de los acontecimientos; los aplausos del público y el cinismo descargado del “alcalde” representan una vergonzosa variedad de acciones dañinas que son, a su vez, actos de afirmación patriarcal sobre las mujeres…sobre TODAS las mujeres. La violencia sexual es la síntesis política de la opresión contra las mujeres y NO vamos a dejar que ésta se siga ejerciendo con tal actitud de dolo SIN sanciones penales, concretas y un tratamiento contundente en contra de la cosificación de las mujeres perpetuada por la realización extrema de la condición de masculinidad patriarcal y violenta.

El secretario General de Gobierno de Nayarit, José Trinidad Espinoza Vargas, condenó el abuso del alcalde de San Blas, Hilario Ramírez Villanueva, ¿Y el gobernador del estado? ¿Y las investigaciones? ¿Y el paradero actual de la chica abusada? ¿Y la Procuraduría del Estado?.

Hoy, denuncio que no se ha solicitado ningún tipo de investigación al respecto, no se ha destituido del cargo al “alcalde” y sobre todo, no se ha inmutado ninguna autoridad ante tales actos de increíble violencia, cinismo e impunidad. No basta con poner en su muro de Facebook que “lo reprueban”…no basta en lo absoluto.

En Nayarit el alcalde llegó a ese cargo por la vía independiente después de haber sido ya alcalde, y durante su campaña reconoció públicamente que durante su primera gestión como presidente municipal postulado por el PAN: “sí robó, pero poquito”.

¿Cómo pueden quedar impunes actos de esta naturaleza? ¿Cómo es que no hay una investigación sobre robo, corrupción y peculado contra un alcalde que incluso se auto-inculpó?. En sus últimas declaraciones sobre su millonaria fiesta en un estado como Nayarit, al que datos oficiales de gobierno federal ubican como el lugar de toda la región con menor crecimiento económico en los últimos años, dijo: “Casi todo me lo regalaron unos amigos, nada gasté de la presidencia, porque se sabe que los municipios están jodidos”. ¿Qué amigos? ¿Cuánto dinero? ¿Cómo se hicieron los gastos? ¿Por qué? exigimos urgentemente respuestas de las autoridades.

En términos de lo dispuesto en el Código Penal de Nayarit vigente la agresión que cometió en C. Hilario Ramírez Villanueva en contra de esta mujer puede constituirse en el delito de Atentados al Pudor, tipificado en el Título Décimo Tercero de los Delitos Sexuales, en el capítulo I, artículo 289. Dicho numeral señala:

“…quién, ejecute un acto erótico, sin el propósito directo e inmediato de llegar a la cópula, se le impondrá sanción de seis meses a dos años de prisión y multa de tres a diez días de salario. Si se cometiera en impúber o en persona que por cualquier causa no pudiere resistir, la sanción será de uno a cinco años y multa de diez a treinta días de salario. Cuando se cometa el delito valiéndose de su posición jerárquica o de cualquier circunstancia que implique subordinación, se le impondrá de dos a siete años de prisión y multa de veinte a cien salarios mínimos”.

Por otra parte, el artículo 290, establece:

ARTÍCULO 290.- El ilícito de atentados al pudor, solo se perseguirá a petición del ofendido o de su representante legítimo, a excepción del último párrafo del artículo anterior.

Justo a esto último deseo referirme, pues consideramos que la excepción que marca el artículo 290, es la hipótesis normativa aplicable al alcalde, pues es evidente que el señor Hilario Ramírez Villanueva ejecutó este tipo de conducta en el cuerpo de la joven, valiéndose de su posición como autoridad, de ahí que se advierta en el video que la joven apenada sólo alcanzaba a cubrirse el cuerpo con su vestido, lo que deriva de las condiciones de opresión, carencia de poder, desigualdad y discriminación en las que vive esta joven victimizada por el alcalde.

Lo anterior quiere decir, que la joven fue víctima del ataque del Alcalde dada esta posición de subordinación, por lo que lo establecido en el artículo 290, en su última frase, posibilitaría que el delito cometido por el Alcalde de San Blas, pudiera perseguirse por el Ministerio Público de oficio, pues marca una excepción a la regla general de que este tipo de delitos se persiguen por querella.

Más aun, los actos reprobables ejecutados por el Alcalde de San Blas se pueden constituir en Violencia Institucional, en términos de lo previsto en el artículo 18 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que señala que Violencia Institucional: Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o impidan el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

Por otro lado, de acuerdo al Código Penal vigente en Nayarit, el tipo penal de peculado se comente cuando según en su Artículo 248, 249 y 250:

“…toda persona encargada de un servicio público del estado, municipal o descentralizado…quien, para usos propios o ajenos, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o al Municipio, al organismo descentralizado a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por otra causa. (…)Al que cometa el delito de peculado se le aplicarán de uno a nueve años de prisión y multa de treinta a cincuenta días de salario y destitución de empleo o cargo e inhabilitación para desempeñar otros similares. (…) Este delito debiera de investigarlo el Ministerio Público de Oficio, pues implica el desvío de recursos públicos”.

Con base en lo anterior, además de repudiar este tipo de actos, exhorto a las autoridades del estado para que asuman su responsabilidad ante el hecho claro de que se trata de delitos graves que se castigan con la privación de la libertad, que se pueden perseguir de oficio y que deben ser investigados con la debida diligencia y todo el rigor de las leyes vigentes aplicables en el estado.

Diputada Martha Lucía Mícher Camarena

Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género

Cámara de Diputados

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